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Declaran en el DOF área natural protegida al campo de golf en Huatulco
martes, 05 de marzo de 2024

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó ayer el Decreto que declara área natural protegida al sitio Tangolunda en Santa María Huatulco en la región de la Costa de Oaxaca.

La superficie equivale a 110 hectáreas, que habían permanecido acondicionadas como campo de golf desde hace 10 años.

El DOF indicó que la información sobre el Parque Nacional Tangolunda, que contiene la descripción limítrofe analítico-topográfica del polígono general que se describe en este decreto se encuentra en las oficinas centrales de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, ubicadas en la Ciudad de México y también en la oficina de representación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, ubicada en Oaxaca de Juárez.

El decreto especifica que dentro de la zona de amortiguamiento del Parque Nacional Tangolunda, solo pueden realizarse actividades de preservación y conservación de los ecosistemas terrestres y sus elementos, por el contrario, se especificó que dentro de dicha zona queda prohibido practicar más golf y la fundación de nuevos centros de población.

También quedó prohibido arrojar, verter o descargar cualquier tipo de desechos orgánicos, residuos sólidos o líquidos o cualquier otro tipo de contaminante, tales como insecticidas, fungicidas y pesticidas, entre otros, al suelo o en cualquier clase de cauce, vaso o acuífero.

Por si fuera poco, ya no se podrá introducir ejemplares o poblaciones exóticas invasoras de la vida silvestre; introducir organismos genéticamente modificados, salvo con fines de biorremediación; acosar, molestar, dañar de cualquier forma a las especies de la vida silvestre o sus productos; alterar o destruir por cualquier medio o acción los sitios de alimentación, anidación, refugio o reproducción de la vida silvestre. 

Así mismo, no se podrá utilizar cualquier fuente de emisión sonora que altere el comportamiento de las especies silvestres y realizar cualquier obra privada y realizar obras y trabajos de exploración, explotación y beneficio de los minerales o sustancias, a que se refiere la Ley de Minería.

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