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Ante la difusión que ha tenido en redes sociales y medios de comunicación la resolución PRAG 009/2023 emitida por la Segunda Sala Unitaria Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas y Combate a la Corrupción del Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción del Estado de Oaxaca, hago las siguientes precisiones:

  1. – La sentencia no acredita el desvío de recursos públicos por parte de las personas señaladas, por el contrario, refiere que hubo descuido en las formalidades para la aplicación de la normatividad que regula los procedimientos de contratación, adquisición, arrendamiento y servicios, de acuerdo con los rangos que prevé el presupuesto de Egresos del Estado.
  2. – Establece que no existen antecedentes por incumplimiento de funciones, ni existe dentro del expediente algún documento que haga inferir que las personas referidas fueron sancionadas con anterioridad por alguna otra falta administrativa.
  3. – No acredita que las personas señaladas hayan obtenido un beneficio económico a su favor.
  4. – No es definitiva, toda vez que las personas señaladas tienen derecho de proceder conforme a derecho y continuar la cadena de impugnación.

Al amparo de lo anterior y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, quiero informar a la ciudadanía que seguiré en el cargo hasta que la sentencia cause ejecutoria, salvaguardando así mis derechos humanos.

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Los trabajos del Proceso Electoral Local 2023-2024 en Oaxaca continúan de la mano de un equipo profesional y comprometido que labora en el Instituto, mismo que ha dado buenos resultados a la ciudadanía en años anteriores.

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